.

Moderador

Moderador
Francisco

BUSCA EN EL BLOG...

jueves, 27 de enero de 2011

¿Esto es una cuidadora profesional?

Esta noticia salió en todos los medios de comunicación (prensa escrita, radio, televisión) tanto nacionales como internacionales.
No entiendo como puede haber este tipo de personas que no tienen un trato digno y humanitario hacia el cuidado de sus semejantes.
A partir de ahora la sanidad norirlandesa realizará un exámen a todos los empleados que se dediquen al cuidado de este tipo de enfermos.

IRLANDA | En Ulster

Suspenden a una cuidadora por comerse el almuerzo de una enferma durante meses

El Ulster es un lugar cincelado por la violencia política. Pero el odio entre republicanos y unionistas no ha endurecido del todo los corazones de sus habitantes, conmovidos en las últimas horas por la historia de Ivy McCluskey: una enferma de Alzheimer a la que su cuidadora maltrataba a base de alimentarse todos los días con su almuerzo.
La cuidadora se llama Patricia Young y acaba de inhabilitarla un juzgado de Lisburn: la localidad donde reside y donde cuidaba de Ivy y de otros enfermos de Alzheimer. La Sanidad norirlandesa explicó ayer que había abierto un expediente sobre su actuación y no había encontrado indicios de mala conducta en el caso de ningún otro paciente.
Los hechos se remontan al verano de 2009. Ivy vivía con su hija Mandy. Pero ella necesitaba que alguien se hiciera cargo de su madre en sus horas de trabajo. Por eso pidió ayuda a los servicios sanitarios de la región y allí le dieron el nombre de Young: una mujer de 54 años con experiencia en otras familias de la zona.

La cámara oculta lo muestra todo

Al principio Mandy no sospechó. Todos los días dejaba hecha la comida antes de irse a trabajar y al volver se encontraba los platos vacíos. Lo que no sabía es que no se los comía su madre sino la cuidadora, que degustaba el almuerzo de la enferma como si no hubiera comido nunca.
La familia sospechó al notar que la anciana empezaba a perder peso súbitamente. A Ivy la habían dejado sin habla una isquemia y los efectos secundarios de su enfermedad. Pero hablaban por ella los retortijones de sus tripas, que pusieron sobre aviso a sus hijos y les llevaron a instalar una cámara oculta en el salón.
Las imágenes muestran a la cuidadora ignorando a la anciana y rebañando la comida de su hija: una sopa de apio, un puré de patata y unas coles de bruselas. La televisión está puesta a todo volumen y en la esquina inferior izquierda se ve casi inmóvil la cabeza de la enferma.

'Destruyó lo que quedaba de ella'

Young fue despedida unos días después de que los hijos de la anciana llevaran a cabo la grabación. Demasiado tarde quizá para la enferma, que falleció tres meses después y sufrió de desnutrición en los últimos días de su vida.
"No podemos comprender cómo un ser humano puede hacer algo así a otro ser humano", decía este martes Mandy, "sentimos un gran horror que no tenemos palabras para describir. Esta era una de las enfermedades que mi madre temía y es terrible que alguien la haya tratado así al final de su vida. Todos éramos conscientes de que no la tendríamos con nosotros para siempre, pero [esta señora] destruyó lo que quedaba de ella".
El Alzheimer se lo habían diagnosticado a Ivy McCluskey con apenas 60 años. Desde entonces había perdido el habla y apenas se podía comunicar. Este martes la Sanidad del Ulster emitió un comunicado excusándose por lo ocurrido y defendiendo su posición. "A todos los cuidadores se les examina antes de que empiecen a trabajar", explica el documento, "es lamentable que esta persona se comportara en este caso de una forma inadecuada. Pero tenemos políticas y procedimientos para proteger a las personas vulnerables y la mayoría de los cuidadores ofrecen un servicio de un nivel muy alto".
El vídeo lo ha emitido la web de Stephen Nolan: el locutor radiofónico más famoso del Ulster. Una reportera ha abordado a la cuidadora a la salida de los juzgados pero no ha querido decir nada. La glotonería de las imágenes habla por sí sola.

Fuente: Diario El Mundo

Infarto y neumonías

Lean este artículo sobre la importancia que tiene la salud bucodental en las "personas sanas", si en ellas puede tener estas consecuencias, imaginaos en una persona dependiente si nosotros no suplimos este aspecto de su higiene. Como leeréis, las complicaciones se multiplican ya que en la boca se encuentran gran cantidad de bacterias cuyo aumento puede provocar daño a nivel de todos los demás órganos.

ENFERMEDAD PERIODONTAL | Consecuencias para la salud

Infartos y neumonías por culpa de unos dientes insanos

No ciudar los dientes puede tener consecuencias insospechadas.| El Mundo
  • La piorrea eleva entre el 25% y un 50% el riesgo de enfermedad cardiaca
  • También aumenta las probabilidades de padecer neumonía y bronquitis

Patricia Matey | Madrid
Actualizado jueves 27/01/2011 13:19 horas

Dientes sanos; corazón y pulmones, sanos. Esta semana, las evidencias científicas sobre las consecuencias de una mala higiene bucal en la salud cardíaca y pulmonar se han acumulado.
Mientras que las sociedades españolas de Cardiología (SEC) y Periodoncia(SEPA)han presentado un manual sobre la relación entre la enfermedad periodontal y la cardiaca; la revista 'Journal of Periodontology' ha sacado a la luz una nueva investigación que constata un mayor riesgo de neumonía y exacerbación de la enfermedad pulmonar crónica obstructiva (EPOC) en aquéllos con una mala salud bucodental: piorrea, gingivitis, placa bacteriana...
"Los pacientes que presentan algún tipo de enfermedad de las encías tienen entre un 25% y un 50% de riesgo de sufrir un infarto o un ictus o insuficiencia cardíaca", detalla el manual.
Asimismo, y tal como reconocen Nikhil Sharma y H. Shaumsuddin, del Centro de Estudios Dentales en Ghaziabad y del Dental College Hospital en Calcuta (ambos en la India), "las personas con enfermedad periodontal tienen más probabilidades de padecer neumonía, bronquitis o enfisema ".
La literatura científica "establece que la infección periodontal es un factor de riesgo probable para diversas enfermedades sistémicas, incluyendo la pulmonar. Las infecciones respiratorias, tales como la neumonía y la exacerbación de la EPOC implican la aspiración de las bacterias en las vías respiratorias inferiores. Se ha sugerido que la placa dental puede servir como reservorio de patógenos respiratorios, especialmente en pacientes de alto riesgo con pobre higiene oral", introducen los investigadores indios.
En su estudio han participado 100 personas ingresadas por enfermedades respiratorias que fueron comparadas con otras tantas sanas, de las mismas edades, nivel educativo y lugar de residencia. "La edad media de los enfermos era de 20 a 60 años y todos poseían como mínimo 20 piezas dentales naturales. Además, tenían que llevar hospitalizados al menos tres días por alguna enfermedad respiratoria".
A todos ellos se les sometió a un examen bucodental. "Comparados con el grupo control, aquéllos con enfermedades respiratorias tenían un riesgo significativamente elevado de sufrir piorrea o gingivitis. Lo que sí hemos observado es que aquéllos de niveles socioeconómicos más bajos poseían cuatro veces más posibilidades de tener periodontitis en comparación con los mejor posicionados económicamente. Lo mismo sucedía con las personas que fumaban", asevera el estudio.
"Estos resultados, así como los obtenidos en varios estudios recientes, sugieren que la acumulación de placa supragingival y/o bolsas periodontales favorecen la colonización de patógenos respiratorios y hacen más propensos a los sujetos a contraer una enfermedad respiratoria", agregan.
Los dentistas y "especialmente los periodoncistas, puede desempeñar un papel importante en la prevención de enfermedades respiratorias si redoblan sus esfuerzos para prevenir y detener la progresión de la periodontitis en los pacientes ya afectados. Además, deben mostrar a los pacientes los riesgos asociados a la piorrea". Donald Clenn, presidente de la Academia Americana de Perdiodontología indica que "las enfermedades pulmonares pueden ser gravemente incapacitantes y debilitantes. Al acudir al dentista, en realidad podría estar previniendo o disminuyendo la progresión de enfermedades nocivas, como la neumonía o la EPOC. Este estudio proporciona un ejemplo más de cómo la salud periodontal juega un papel en el mantenimiento de otros sistemas del cuerpo".

Fuente: Diario El Mundo

lunes, 24 de enero de 2011

Orden Reguladora del Servicio de Ayuda a Domicilio en Andalucía

Os cuelgo la Orden de 15 de Noviembre de 2007, Reguladora del Servicio de Ayuda a Domicilio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Os hago hincapié en su artículo 21 apartado 1 que termina así "...y tener la cualificación profesional específica para el ejercicio de sus funciones, conforme a lo establecido en el RD 331/1997, de 7 de Marzo, por el que se establece el certificado de profesionalidad de la ocupación de auxiliar de ayuda a domicilio".
Cuando alguien os diga que no podéis trabajar, le presentáis esta ORDEN subrayándole lo que dice el artículo 21.1 y mostrándole el certificado de profesionalidad que obtendréis al finalizar esta taller de empleo y ya me contaréis si podéis o no trabajar.

DICCIONARIO DE MEDICINA

En el enlace que a continuación escribo, accederéis a un diccionario médico. Se encuentra en la página web en la columna de la izquierda, en el apartado de contenidos, hay un diccionario general y uno temático.

domingo, 23 de enero de 2011

Certificados de Profesionalidad

1.¿Qué es un certificado de profesionalidad?

Los certificados de profesionalidad acreditan con carácter oficial las competencias profesionales que capacitan para el desarrollo de una actividad laboral con significación en el empleo.
Los certificados de profesionalidad tienen carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, sin que ello constituya regulación del ejercicio profesional.
Cada certificado de profesionalidad acredita una cualificación del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
Con los certificados de profesionalidad se trata, por tanto, de proporcionar a los/as trabajadores/as la formación requerida por el sistema productivo y acercar los certificados a la realidad del mercado laboral.

2.¿Cuál es la finalidad de los certificados de profesionalidad?

Los certificados de profesionalidad tienen por finalidad:
  • Acreditar las cualificaciones profesionales o las unidades de competencia recogidas en los mismos, independientemente de su vía de adquisición, bien sea a través de la vía formativa, o mediante la experiencia laboral o vías no formales de formación según lo que se establezca en el desarrollo del artículo 8 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional.
  • Facilitar el aprendizaje permanente de toda la ciudadanía mediante una formación abierta, flexible y accesible, estructurada de forma modular, a través de la oferta formativa asociada al certificado.
  • Favorecer, tanto a nivel nacional como europeo, la transparencia del mercado de trabajo a empleadores/as y a las personas trabajadoras.
  • Ordenar la oferta formativa del subsistema de formación profesional para el empleo vinculada al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
  • Contribuir a la calidad de la oferta de formación profesional para el empleo.
  • Contribuir a la integración, transferencia y reconocimiento entre las diversas ofertas de formación profesional referidas al Catalogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
 3.¿Quién expide los certificados de profesionalidad?
  • Los certificados de profesionalidad son expedidos por el Servicio Andaluz de Empleo, en los siguientes supuestos:
    • A aquellas personas que participen en cursos de Formación Profesional para el Empleo impartidos en el ámbito de gestión del Servicio Andaluz de Empleo.
    • A aquellas personas participantes en los programas de Cualificación Profesional Inicial (PCPI) desarrollados por la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía.
    • A aquellas personas que participen en procedimientos de acreditación de competencias adquiridas por la experiencia laboral o las vías no formales de formación que se desarrollen en Andalucía.
    Por otra parte, serán expedidos por la Administración General del Estado, a través del Servicio Público de Empleo Estatal, en los siguientes supuestos:
    • A las personas que participen en cursos de Formación Profesional para el Empleo gestionados directamente por el SPEE. (por ejemplo, los planes de formación para trabajadores/as ocupados/as gestionados por la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo).
    • A aquellas personas que participen en procedimientos de acreditación de competencias adquiridas por la experiencia laboral o las vías no formales de formación convocados por el SPEE.
     

    4.¿Cómo se puede obtener?

    Los certificados, son el instrumento de acreditación oficial de las cualificaciones profesionales del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales en el ámbito de la administración laboral y pueden obtenerse de dos formas:
    • Tras la superación de todos los módulos formativos que integran el certificado de profesionalidad.
    • Mediante la superación de los procedimientos para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, una vez que éstos se implanten.
    También se puede obtener mediante la acumulación de acreditaciones parciales de las unidades de competencia que comprenda el certificado de profesionalidad.
5.¿Quién puede solicitar un certificado de profesionalidad?

Pueden solicitar un certificado de profesionalidad , aquellas personas que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
  • Que hayan superado con evaluación positiva todos los módulos que componen un certificado de profesionalidad, tras haber realizado un curso de formación profesional para el empleo, ya sea:
    • de la programación de formación de oferta dirigida prioritariamente a trabajadores/as desempleados/as.
    • de la programación de formación de oferta dirigida prioritariamente a personas ocupadas.
    • del programa de Escuelas Taller, Casas de Oficio y Talleres de Empleo.
    Siempre que lo hayan realizado en una entidad acreditada por el Servicio Andaluz de Empleo.
  • Aquellos alumnos que hayan superado con evaluación positiva, en el ámbito de la administración educativa, un curso del Programa de Cualificación Profesional Inicial, en el que se haya programado una especialidad conducente a un certificado de profesionalidad.
  • Aquellas personas que participen en el Procedimiento de acreditación de competencias adquiridas a través de la experiencia laboral, o las vías no formales de formación, siempre y cuando demuestren que poseen todas las competencias comprendidas en el certificado de profesionalidad correspondiente.
Aquellas personas que no hayan completado todos los módulos que componen el certificado de profesionalidad, podrán solicitar la acreditación parcial acumulable de aquellas unidades de competencia que hayan superado a través de un proceso formativo.


6.¿Cuáles son las especialidades formativas conducentes a certificados de profesionalidad?
El Repertorio Nacional de Certificados de Profesionalidad es el conjunto de los certificados de profesionalidad ordenados sectorialmente en las actuales 26 familias profesionales y de acuerdo con los 5 niveles de cualificación establecidos por el Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre.
Las especialidades formativas conducentes a certificados de profesionalidad, pertenecientes a alguna de las 26 familias profesionales, se pueden consultar pinchando en Especialidades F.P.E.

 7.¿Cómo y dónde se puede solicitar un certificado de profesionalidad?

Para solicitar el certificado de profesionalidad, ha de presentarse la solicitud junto con la documentación acreditativa de haber superado con evaluación positiva el curso conducente al certificado.
La solicitud se presentará preferentemente por vía telemática.
También se puede presentar en el Registro de la Consejería de Empleo o, en su defecto, en cualquiera de los órganos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y en los registros establecidos en el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.



Normativa

  • RD 34/2008, de 18 de enero por el que se regulan los certificados de profesionalidad.

Otra normativa relacionada:

  • Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio de las Cualificaciones y FP.
  • RD 1128/2003, de 5 de septiembre por el que se regula el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
  • RD 1538/2006, de 15 de diciembre por el que se establece la ordenación general de la FP del sistema educativo.
  • Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral.


La editorial Paraninfo acaba de publicar diversos libros para conseguir los certificados de profesionalidad de atención a la dependencia en el domicilio y en instituciones.

Acceso al Ciclo Formativo de Grado Medio (CFGM)

Acceso al Ciclo Formativo de Grado Medio

Se accede directamente a la formación profesional de grado medio estando en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (ESO).

También pueden acceder a la formación profesional de grado medio aquellos que estén en posesión de alguna de las siguientes titulaciones o estudios, de acuerdo con lo regulado en el Decreto 1538/2007, de 15 de diciembre, por el que se establece la ordenación general de la Formación Profesional del Sistema Educativo (B.O.E. del 3 de enero 2007)

- Título de Técnico o de Técnico Auxiliar (FP1 o FP2).

- Segundo curso de Bachillerato Unificado Polivalente (BUP).

- Segundo curso del primer ciclo experimental de la reforma de las enseñanzas medias.

- De las enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos, tercer curso del plan de 1963 o segundo de comunes experimental.

- Otros estudios declarados equivalentes a efectos académicos con alguno de los anteriores.

En el caso de que no se posea alguno de los requisitos de acceso a Ciclos Formativos de grado medio anteriormente citados, los aspirantes podrán realizar una PRUEBA DE ACCESO que será convocada (aproximadamente sobre el mes de Mayo) por las distintas Administraciones Educativas de las Comunidades Autónomas, y cuya superación tendrá validez en todo el territorio nacional.

Además, se permite cursar un ciclo formativo de grado medio quedando exentos de prueba a aquellos aspirantes que hayan superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.

Para acceder por esta vía a los ciclos formativos de grado medio se requerirá tener, como mínimo, diecisiete años cumplidos en el año de realización de la prueba.

Vídeo sobre incontinencia urinaria

Estos vídeos nos explícan como son los distintos tipos de dispositivos para la recogida de orina en personas con incontinencia urinaria (pañales, colectores de orina, sonda vesical), también nos da una serie de indicaciones a tener en cuenta en cuanto a la cantidad de orina que se elimina, aspecto de esta, así como el estado de la piel de la zona perineal. El primer vídeo de la Orden de los Camilos Religiosos y los otros dos son de la Guía Audiovisual de Dependencia editada por el Gobierno de Aragón.











Vídeo aseo persona dependiente encamada

Queridos alumn@s:
Os cuelgo dos vídeos, de la Orden de los Camilos Religiosos, relacionados con el aseo en cama de la persona dependiente, podéis encontrar algunas diferencias, que no son importantes, de como las hemos visto en nuestra clase teórica. Estos vídeos os ayudará a tener una primera visión de la práctica de como se realiza la higiene, aunque lo vamos a ver en el taller práctico. También os servirá para recurrir a él si os queda alguna duda de algún paso.


_____________________________________________________________________________


sábado, 15 de enero de 2011

Con cariño

Comenzamos la cuarta semana de formación del Taller de Empleo Servicio de Ayuda a Domicilio promovido por la entidad, Mancomunidad de Estepa. Quiero daros un fuerte abrazo por la entrega que estáis mostrando en vuestra formación, para que cuando finalice este periodo estéis preparados para salir al mercado laboral.

Gracias, porque con vuestra entrega estimuláis al profesorado para dar más de sí. Os lo merecéis.

Seguid con esta inquietud por saber, porque como dice el refrán, nunca es tarde si la dicha es buena.

Ánimo.